
15/03/2018
¿Vas a comprar una vivienda? Deberás destinar entre un 10% y un 13% del precio de esta en concepto de tasas e impuestos. Esto dependerá de ciertos aspectos que pasamos a explicarte.
¿Qué gastos debo prevenir?
Notario
Los gastos de notario son los que se producen al otorgarse la escritura pública de compra-venta. El coste está fijado por normativa y se denominan aranceles notariales. En las viviendas de protección oficial y las subrogaciones están obligados a aplicar una reducción. Aquí una infografía con los costes estimados.
Registro de Propiedad
Son los honorarios generados por inscribir la compra-venta en el Registro de la Propiedad. También están fijados por normativa y su cuantía depende del precio del inmueble. Existen variaciones que modifican las reglas generales. Así por ejemplo, hay cambios para viviendas de protección oficial, de montes, o de explotaciones agrarias.
Abogado
En el caso de contratar los servicios de un abogado, aproximadamente un 1% del valor de la compra será destinado a abonar sus honorarios. Es un valor estimado que puede variar dependiendo del profesional contratado.
Impuestos por vivienda de nueva construcción
IVA
Actualmente se aplica un tipo del 10% del precio de venta.
En el caso de viviendas de protección oficial, de regimen especial o promoción pública este impuesto será solo del 4% del valor de venta.
AJD (Actos Jurídicos Documentados):
La compraventa de viviendas y aparcamientos de obra nueva están gravados con este impuesto a parte del IVA. El tipo de gravamen aplicable en Baleares es del 1,2%.
Impuestos por vivienda de segunda mano
ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales)
Alternativo al IVA para el caso de compra de viviendas de segunda mano. En Baleares está entre el 8% y el 11% dependiendo del importe de la compra. Existen también tipos reducidos para algunos casos (VPO, familias numerosas, jóvenes...)
Otros impuestos
Plusvalía Municipal
La plusvalía municipal (no confundir con la plusvalía fiscal) es el impuesto municipal sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana y se calcula sobre con el valor catastral teniendo en cuenta el número de años que ha tenido el vendedor el inmueble (se contabilizan como máximo 20 años) en caso de ser inferior a 1 año no tributa. Lo paga el vendedor y debe liquidarlo en el ayuntamiento en un plazo de 30 días naturales desde la fecha de la escritura.
Hipoteca
En el caso de que tuviera que solicitar una hipoteca para realizar la compra de la casa, deberá abonar unos gastos en concepto de gestión y tramitación de la hipoteca que deberá pagar al banco.
AJD (Actos Jurídicos Documentados):
En el caso de préstamos hipotecarios, donaciones y algún caso más, se aplica este impuesto. El tipo de gravamen aplicable en Baleares es del 1,2%.